Reglamento de medición


La Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG –, en cumplimiento de su agenda regulatoria para el año 2020 y en uso de sus facultades, solicitó a un equipo de trabajo conformado por el Consejo Nacional de Operación -CNO- y XM S.A. E.S.P, en su condición de Centro Nacional de Despacho – CND-, apoyar la elaboración del documento de soporte para el Reglamento de Medición de variables hídricas del sector eléctrico. Específicamente en lo concerniente con el diagnóstico de la situación actual y descripción de las problemáticas evidenciadas, el planteamiento de objetivos y alternativas y el referenciamiento internacional en esta temática.

Respondiendo a esta solicitud, y de acuerdo con la metodología de trabajo propuesta por la Comisión, se realizó un diagnóstico de la situación actual, el cual se trabajó en dos documentos (capítulos). El primer capítulo se centró en realizar un diagnóstico de las deficiencias asociadas a la medición y reporte de las variables hídricas operativas, que son objeto de reporte diario al CND (numeral 6.2 del Código de Operación – Resolución CREG 025 de 1995). El segundo capítulo se orientó al diagnóstico de las dificultades relacionadas con la declaración y actualización de parámetros hidráulicos de los embalses.

Considerando la problemática identificada en los capítulos 1 y 2 y, en base a la comparación con esquemas hidrométricos y estándares de medición de variables y parámetros de embalses implementados en otros países, XM como operador y administrador del Sistema Interconectado Nacional (SIN), presentó su visión de la alternativa “Creación de un Reglamento de Medición”, el cual busca garantizar la calidad e integridad de toda la información hidrológica y los parámetros hidráulicos necesarios para la planeación operativa y seguimiento hidroenergético del SIN.

En octubre de 2020 se entregó a la Comisión los documentos Capítulo 1, Capítulo 2, Referenciamiento Internacional y Alternativas. Durante 2021 se espera abordar la implementación de la Resolución, una vez sea publicada por la CREG.